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22-02-2013
22-02-2013
2º.- ACTUALIZACION MONETARIA DE BALANCES
Se establece la posibilidad con carácter voluntario, de actualizar el valor de determinadas activos del balance. Se trata de adaptar los valores contable a la evolución de la inflación , acercando el valor contable al valor de mercado y se extenderá tanto a personas jurídicas como físicas y estará sometido a una carga fiscal del 5% del importe revalorizado.
Serán actualizables el inmovilizado material y los arrendamientos financieros, y los acuerdos de concesión registrados como activo intangible por las empresa concesionarias.
La actualización se referida necesariamente a todos los elementos del inmovilizado Material, sin embargo en caso de que se trate de inmuebles, se podrá optar de forma independiente para cada uno de ellos.
El importe de revalorizaciones contables, se llevará a una cuenta específica de reserva de revalorización. Posteriormente , se podrá destinar a la reducción de resultados contables negativos, ampliación de capital social, o reservas de libre disposición.
La actualización se Calcula:
- Se aplican unos coeficientes sobre los elementos y sus correspondientes amortizaciones en función del año que se adquirieron o se dedujeron.
- Se calcula la diferencia entre el valor actualizado de adquisición y los valores actualizados de las amortizaciones, restándose por último el Valor Neto contables.
- Este resultado se multiplica por un coeficiente de endeudamiento (0,4 - 1)
- El valor así actualizado no podrá ser superior al Valor de mercado.
- Deberá tenerse en cuenta que también se actualizarán el valor de los terrenos.
- Dicha revalorización, se podrá amortizar a partir del 2015.
Para poder acogerse a dicha actualización, deberá realizarse un balance actualizado a 31/12/2012 y realizar la correspondiente aprobación del mismo con las cuentas anuales, el plazo de ingreso de la cuota del 5% será en Junio/julio del 2013.
Se establece la posibilidad con carácter voluntario, de actualizar el valor de determinadas activos del balance. Se trata de adaptar los valores contable a la evolución de la inflación , acercando el valor contable al valor de mercado y se extenderá tanto a personas jurídicas como físicas y estará sometido a una carga fiscal del 5% del importe revalorizado.
Serán actualizables el inmovilizado material y los arrendamientos financieros, y los acuerdos de concesión registrados como activo intangible por las empresa concesionarias.
La actualización se referida necesariamente a todos los elementos del inmovilizado Material, sin embargo en caso de que se trate de inmuebles, se podrá optar de forma independiente para cada uno de ellos.
El importe de revalorizaciones contables, se llevará a una cuenta específica de reserva de revalorización. Posteriormente , se podrá destinar a la reducción de resultados contables negativos, ampliación de capital social, o reservas de libre disposición.
La actualización se Calcula:
- Se aplican unos coeficientes sobre los elementos y sus correspondientes amortizaciones en función del año que se adquirieron o se dedujeron.
- Se calcula la diferencia entre el valor actualizado de adquisición y los valores actualizados de las amortizaciones, restándose por último el Valor Neto contables.
- Este resultado se multiplica por un coeficiente de endeudamiento (0,4 - 1)
- El valor así actualizado no podrá ser superior al Valor de mercado.
- Deberá tenerse en cuenta que también se actualizarán el valor de los terrenos.
- Dicha revalorización, se podrá amortizar a partir del 2015.
Para poder acogerse a dicha actualización, deberá realizarse un balance actualizado a 31/12/2012 y realizar la correspondiente aprobación del mismo con las cuentas anuales, el plazo de ingreso de la cuota del 5% será en Junio/julio del 2013.