García Barbón, 58 Entlo. B
36201, Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986 44 23 09
Fax: 986 22 75 77
gesglobal@asesoriagesglobal.com
Nuestro Horario:
-Lunes a Jueves 8:30 a 13:30 y 16:00 a 19:00
-Viernes 8:30 a 15:00
Verano (01/07-30/09): 8:00-15:00
22-02-2021

22-02-2021
Con entrada en vigor de hoy día 19 de Febrero de 2021, la Xunta de Galicia, ha regulado el segundo Plan de Rescate para autónomos y empresas, afectados por la crisis COVID 19, y que consta de dos programas:
* Programa I: Ayudas económica para contribuir al mantenimiento de las personas trabajadoras autónomos incluidas las autónomos societarios y sus negocios.
* Programa II: Ayuda económica para el mantenimiento de empleo (6 meses) y la actividad económica.
Para acceder a ellas será necesario cursar una nueva solicitud telemática, EN EL PLAZO DE 1 MES (19 DE Marzo de 2021), serán resueltas en el plazo de UN MES, y por orden de registro de entrada hasta la existencia de fondos.
Por lo que teniendo en cuenta los requisitos de cada una de ellas, se podrá solicitar ambas o alguna de ellas, y son compatibles con las demás ayudas que puedan otorgar las administraciones públicas.
PROGRAMA I.- AYUDAS A PERSONAS TRABAJADORAS AUTONOMOS
BENEFICIARIOS: Todos las personas autónomas, con domicilio fiscal en Galicia, incluidos los autónomos societarios, y de temporada, que tuviesen alta anterior al 30/03/2020, y acrediten una bajada de facturación de al menos el 45% de la facturación en el 2020 comparada con el 2019.
IMPORTE DE LAS AYUDAS: * 1.200€ con bajada de facturación entre el 45% y el 60%.
* 2.000€ con bajada de facturación entre el 61% y el 70%.
* 3.000€ con bajada de facturación de más del 70%
* Para los autónomos de temporada, los importes serán del 50% de las indicadas.
DOCUMENTACION QUE SE APORTARA: Con la solicitud, se aportará aquella documentación que acredite la bajada de facturación: Modelos 390, modelo 130, u otros para el caso de Estimación Objetiva por Módulos como Libros de ingresos, entre otros, y documento que acredite la participación de al menos el 25% en la sociedad (de ser el caso).
OBLIGACIONES: - Mantener el ALTA en autónomos al menos DOS MESES.
- Contabilizar de forma separada la ayuda concedida, y conservar documentación durante 2 años.
- Cumplimentar Anexo 1 de indicadores una vez transcurridos los 2 meses, justificando el mantenimiento.
PROGRAMA II.- AYUDAS A PERSONAS TRABAJADORAS AUTONOMAS Y MICROEMPRESAS CON TRABAJADORES A CARGO PARA MANTENIMIENTO DE EMPLEO.
BENEFICIARIOS: Autónomos y Microempresas (empresas de hasta 10 trabajadores y dos millones de facturación), que tengan personal contratado, y acrediten una bajada de facturación de al menos el 45% de la facturación del 2020 comparada con el 2019, con domicilio fiscal en Galicia.
Excepcionalmente, también PYMES( hasta 25 trabajadores y un volumen de facturación de hasta dos millones y acrediten una reducción de facturación del 60%).
IMPORTE DE LAS AYUDAS: * 4.000€ con bajada de facturación entre el 45% y el 60%.
* 5.000€ con bajada de facturación entre el 61% y el 70%.
* 6.000€ con bajada de facturación entre de más del 70%
* Estas ayudas, se incrementarán en 1.000€, 2000€ y 3.000€, en función del número de personas trabajadoras (de 4 a 9, de 10 a 20 y de 21 a 25 trabajadores).
DOCUMENTACION QUE SE APORTARA: Con la solicitud, se aportará aquella documentación que acredite la bajada de facturación: Modelos 390, modelo 130, u otros para el caso de Estimación Objetiva por Módulos como Libros de ingresos, entre otros, y documento que acredite la participación de al menos el 25% en la sociedad (de ser el caso).
OBLIGACIONES: - Mantener la actividad y el empleo SEIS MESES.(No se entenderá incumplido en el caso de contratos temporales cuando se extinga por expiración del tiempo convenido o la realización de la obra o servicio o no pueda realizarse la actividad objeto de contratación, tampoco dimisión, despido procedente, jubilación, invalidez o muerte del trabajador).
- Contabilizar de forma separada la ayuda concedida, y conservar documentación durante 2 años.
- En el caso de no estar al corriente con la AEAT, Seg. Social o Xunta de Galicia, se podrá solicitar el abono
Anticipado, con el compromiso de abonar la deuda pendiente).
En los próximos días, una vez comprobemos que su volumen de facturación tiene una reducción suficiente, nos pondremos en contacto a fin de confirmar, y proceder a la solicitud de la Ayuda.
LA DIRECCIÓN DE ASESORÍA GESGLOBAL SL
* Programa I: Ayudas económica para contribuir al mantenimiento de las personas trabajadoras autónomos incluidas las autónomos societarios y sus negocios.
* Programa II: Ayuda económica para el mantenimiento de empleo (6 meses) y la actividad económica.
Para acceder a ellas será necesario cursar una nueva solicitud telemática, EN EL PLAZO DE 1 MES (19 DE Marzo de 2021), serán resueltas en el plazo de UN MES, y por orden de registro de entrada hasta la existencia de fondos.
Por lo que teniendo en cuenta los requisitos de cada una de ellas, se podrá solicitar ambas o alguna de ellas, y son compatibles con las demás ayudas que puedan otorgar las administraciones públicas.
PROGRAMA I.- AYUDAS A PERSONAS TRABAJADORAS AUTONOMOS
BENEFICIARIOS: Todos las personas autónomas, con domicilio fiscal en Galicia, incluidos los autónomos societarios, y de temporada, que tuviesen alta anterior al 30/03/2020, y acrediten una bajada de facturación de al menos el 45% de la facturación en el 2020 comparada con el 2019.
IMPORTE DE LAS AYUDAS: * 1.200€ con bajada de facturación entre el 45% y el 60%.
* 2.000€ con bajada de facturación entre el 61% y el 70%.
* 3.000€ con bajada de facturación de más del 70%
* Para los autónomos de temporada, los importes serán del 50% de las indicadas.
DOCUMENTACION QUE SE APORTARA: Con la solicitud, se aportará aquella documentación que acredite la bajada de facturación: Modelos 390, modelo 130, u otros para el caso de Estimación Objetiva por Módulos como Libros de ingresos, entre otros, y documento que acredite la participación de al menos el 25% en la sociedad (de ser el caso).
OBLIGACIONES: - Mantener el ALTA en autónomos al menos DOS MESES.
- Contabilizar de forma separada la ayuda concedida, y conservar documentación durante 2 años.
- Cumplimentar Anexo 1 de indicadores una vez transcurridos los 2 meses, justificando el mantenimiento.
PROGRAMA II.- AYUDAS A PERSONAS TRABAJADORAS AUTONOMAS Y MICROEMPRESAS CON TRABAJADORES A CARGO PARA MANTENIMIENTO DE EMPLEO.
BENEFICIARIOS: Autónomos y Microempresas (empresas de hasta 10 trabajadores y dos millones de facturación), que tengan personal contratado, y acrediten una bajada de facturación de al menos el 45% de la facturación del 2020 comparada con el 2019, con domicilio fiscal en Galicia.
Excepcionalmente, también PYMES( hasta 25 trabajadores y un volumen de facturación de hasta dos millones y acrediten una reducción de facturación del 60%).
IMPORTE DE LAS AYUDAS: * 4.000€ con bajada de facturación entre el 45% y el 60%.
* 5.000€ con bajada de facturación entre el 61% y el 70%.
* 6.000€ con bajada de facturación entre de más del 70%
* Estas ayudas, se incrementarán en 1.000€, 2000€ y 3.000€, en función del número de personas trabajadoras (de 4 a 9, de 10 a 20 y de 21 a 25 trabajadores).
DOCUMENTACION QUE SE APORTARA: Con la solicitud, se aportará aquella documentación que acredite la bajada de facturación: Modelos 390, modelo 130, u otros para el caso de Estimación Objetiva por Módulos como Libros de ingresos, entre otros, y documento que acredite la participación de al menos el 25% en la sociedad (de ser el caso).
OBLIGACIONES: - Mantener la actividad y el empleo SEIS MESES.(No se entenderá incumplido en el caso de contratos temporales cuando se extinga por expiración del tiempo convenido o la realización de la obra o servicio o no pueda realizarse la actividad objeto de contratación, tampoco dimisión, despido procedente, jubilación, invalidez o muerte del trabajador).
- Contabilizar de forma separada la ayuda concedida, y conservar documentación durante 2 años.
- En el caso de no estar al corriente con la AEAT, Seg. Social o Xunta de Galicia, se podrá solicitar el abono
Anticipado, con el compromiso de abonar la deuda pendiente).
En los próximos días, una vez comprobemos que su volumen de facturación tiene una reducción suficiente, nos pondremos en contacto a fin de confirmar, y proceder a la solicitud de la Ayuda.
LA DIRECCIÓN DE ASESORÍA GESGLOBAL SL